Nuevas medidas que benefician a las agencias de viajes
Se extenderán los plazos del cierre temporario y podrán operar a través de un local virtual hasta fin de año.
En el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19, desde el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación se pusieron en marcha nuevas medidas vinculadas al funcionamiento de las agencias de viajes.
En primer lugar, se habilitó la posibilidad de que funcionen a través de un local virtual hasta el 31 de diciembre de 2020, estableciendo ante la Dirección de Agencias de Viajes un domicilio legal, y operen vía web preservando las condiciones establecidas para su correcta fiscalización.
A su vez, y para evitar cierres definitivos de las agencias más pequeñas, se extendieron los plazos de su cierre temporario sin perder su legajo desde los 60 días vigentes hasta el 31 de diciembre de 2020.
La normativa también contempla la posibilidad de incluir actividades conexas dentro del funcionamiento de las agencias. Para ello, deberán formalizar el pedido ante la Dirección de Agencias de Viajes.
Esto se suma a las resoluciones 133/20 y 157/20, que ya están vigentes, a través de las cuales quedaron suspendidos los vencimientos correspondientes a las Renovaciones del “Certificado de Turismo Estudiantil” desde su publicación, el 18/03, hasta el 31/05 inclusive. Los vencimientos podrán extenderse hasta que finalice el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Cabe destacar que la Dirección de Agencias de Viajes habilitó correos electrónicos específicos para temas vinculados con su operatoria, extendió los plazos y eliminó los aranceles para los trámites que se deben realizar bajo su órbita. Asimismo, habilitó la posibilidad de que hasta dos agentes de viajes puedan compartir sus estructuras funcionales en un local por un año.
Para realizar consultas: registroagencias@turismo.gob.ar
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