Extienden los plazos de las garantías de productos y servicios

La Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación extendió los plazos previstos en las garantías “contractuales y legales” de productos y servicios hasta que finalice el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) en virtud de que las y los consumidores se vieron imposibilitados de ejercer sus derechos en ese período.

La Ley de Defensa del Consumidor contempla –artículo 16 Ley 24.240 – que el tiempo durante el cual la o el consumidor se encuentra privado de hacer uso de la garantía del bien o servicio adquirido, debe computarse como prolongación del plazo de garantía legal. Por tal motivo, y dada la evolución de la situación epidemiológica, la Secretaría de Comercio tomó la decisión de extender las garantías.

A partir de esta resolución (244/2020), publicada hoy en el Boletín Oficial, los proveedores de bienes y servicios deberán informar de manera cierta, clara y detallada la suspensión de plazos de las garantías y en el supuesto que posean sitios web o aplicaciones para dispositivos móviles, esta información deberá estar de modo visible en la página o pantalla de inicio, respectivamente. Asimismo, deberán informar dicha suspensión a las y los consumidores en el paso inmediatamente anterior al pago.

La medida tiene gran alcance dado que la Ley de Defensa del Consumidor establece que todos los productos tienen una garantía legal. Si se trata de productos nuevos, la garantía mínima es de 6 meses. Si los productos adquiridos son usados, la garantía mínima es de 3 meses. Adicionalmente los proveedores pueden ofrecer plazos mayores a los estipulados por la norma, pero nunca menores.

Frente a cualquier vulneración de sus derechos, las y los consumidores deben realizar el reclamo correspondiente ante la empresa proveedora. En caso de no obtener respuestas o que las mismas no sean satisfactorias, pueden ingresar sus reclamos en: https://www.argentina.gob.ar/iniciar-un-reclamo-ante-defensa-de-las-y-los-consumidores.


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