Sociedad

Prorrogan el vencimiento de las Licencias de Conducir

Es para aquellas Licencias cuyo vencimiento esté comprendido entre el 15 de febrero y el 31 de agosto de 2020, inclusive.

Mediante la disposición 23/20, la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial prorrogó por el término de 210 días corridos, contados a partir de la fecha de caducidad correspondiente, los vencimientos de las Licencias de Conducir que hayan operado u operen entre el 15 de febrero y el 31 de agosto del presente año.

Debido a la emergencia sanitaria que atraviesa un sector de la Provincia de Buenos Aires, el organismo dependiente de la Subsecretaría de Transporte instó a los municipios pertenecientes al Área Metropolitana a suspender de manera preventiva y con carácter excepcional la atención al público y el otorgamiento de Licencias de Conducir hasta el día 16 de agosto de 2020 inclusive.

Por otra parte, aquellos Centros Emisores de Licencias que se encuentren ubicados en distritos que no sean considerados de riesgo por las autoridades sanitarias correspondientes, deberán continuar articulando el reinicio de actividades junto a la Dirección de Licencias y Antecedentes de Tránsito, que se encuentra bajo la órbita de la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial.

Mientras tanto, las y los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires pueden realizar consultas y evacuar dudas a través de los canales virtuales dispuestos por el organismo provincial.

Anteriormente se pusieron a disposición de los usuarios 4 líneas de whatsapp para comunicarse con el área de Licencias y entablar un vínculo directo sin poner en riesgo la salud de los interesados y el personal. Esta vía está disponible de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Para obtener mayor información CLIK AQUÍ

Renovación de licencias

Aquellos titulares de Licencias de Conducir que hayan vencido entre el 20 de diciembre de 2019 y el 15 de febrero de 2020, que actualmente no pueden circular, pueden proceder a renovar el trámite como lo establece el decreto reglamentario Nº 532/09.

Por esto, todo aquel que no haya realizado la renovación correspondiente podrá regularizar la situación en todos aquellos centros que se encuentren autorizados y operativos.


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