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Mar del Plata: beneficios tributarios a los sectores productivos más castigados por la pandemia

Avanza el proyecto en el HCD. Descuentos, eximiciones y postergación de pagos para el sector gastronómico, hotelero, de operadores turísticos, salones de fiestas, gimnasios, natatorios y actividades deportivas afines, además del transporte escolar

Esta semana continuará el tratamiento en el HCD del proyecto de ordenanza que buscará brindar una importante Asistencia Tributaria a establecimientos del sector gastronómico, hotelero y operadores turísticos, salones de fiestas, gimnasios, natatorios y actividades deportivas afines, y del transporte escolar, que se vieron perjudicados por el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio. Incluye descuentos, suspensiones y facilidades de pago en concepto de tasas y derechos municipales.

“Como siempre, escuchamos a todos los sectores y en una nueva muestra de consenso acordamos este programa de asistencia con los concejales de todos los espacios políticos, porque entendemos que es necesario acompañar a los sectores más castigados por la pandemia”, señaló el edil Alejandro Carrancio.

Asimismo, resaltó el “trabajo conjunto realizado por los ediles que representan a toda la comunidad marplatense en el marco de la Comisión Reactivadora, que junto a los representantes del Ejecutivo, siempre fue realizando paulatinamente las aperturas, atendiendo a las necesidades de cada sector pero también, cuidando la salud de los marplatenses”.

*Los detalles del programa*

En su primer artículo, la iniciativa prevé suspender durante 4 meses el pago de los importes mínimos por anticipos de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.

También se dispone la eximición del pago del derecho de ocupación o uso de espacios públicos, en concepto de mesas y sillas, para aquellos pedidos de nuevas colocaciones de estos elementos realizados a lo largo de 2020.

A quienes hayan realizado el pago anual, se les computará un crédito equivalente al 50% del derecho abonado oportunamente que podrá ser acreditado para abonar la misma obligación durante el próximo año.

Además, se exime del pago de la Tasa por Publicidad y Propaganda, correspondientes a anuncios y cartelería para el tercer cuatrimestre de este año; y se les otorga un descuento del 30 % por cuatro meses en la Tasa por Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos para Grandes Generadores.

La ordenanza dispone también la exención del 75% en la obligación anual del Derecho a los Juegos Permitidos y a quienes hayan realizado el pago con anticipación, se les computará un crédito del 75% que podrá ser acreditado para el siguiente año.

En el caso de los establecimientos hoteleros y de salones de fiestas también se prevé eximirlos en un 75% de los anticipos 4 a 10 de la Tasa por Servicios Urbanos y la Contribución a la Salud, la Educación y el Desarrollo Infantil.

Habrá además un plan especial de facilidades de pago para las deudas correspondientes a los anticipos anteriores, pudiendo establecer una modalidad de hasta 12 cuotas, y reducción de hasta el 100% sobre los recargos e intereses.

En todos los casos no se aplicarán intereses de financiación y la fecha de vencimiento de la primera cuota operará durante enero de 2021.

Para aquellos contribuyentes que hubieran realizado pagos por dichos anticipos, se les computará un crédito equivalente al 75% que podrá ser acreditado para el abonar este ítem en 2021.

Para los titulares de licencias municipales de transporte de escolares habrá una bonificación del 50% en las cuotas correspondientes al presente año del impuesto a los automotores y a quienes hayan pagado, se les computará un crédito equivalente al 50% que podrá ser acreditado para 2021.

Por su parte, está previsto que Obras Sanitarias establezca para los establecimientos hoteleros, salones de fiestas, gimnasios y natatorios un descuento del 75% por los períodos 4 a 10  de este año, en los Cargos Fijos y en el Fondo de Infraestructura, Gestión de la Calidad del Agua y del Efluente Cloacal de la Ciudad de Mar del Plata; y de un 100% durante los mismos meses, en las Penalidades por Exceso de Consumo.

Aquí también se establece que quienes hayan realizado el pago de dichos periodos, se les computará un crédito equivalente porcentual que podrá ser acreditado para abonar la misma obligación durante el periodo fiscal 2021.

Podrán adherir a este programa de asistencia, quienes hayan mantenido la nómina de personal en relación de dependencia correspondiente al 31 de marzo de 2020, al momento de solicitar alguno de los beneficios del presente programa y que tengan declarada como principal alguna de las actividades que incluye el programa, en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene.


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